martes, 3 de septiembre de 2013

ARTICULO 21.


ARTICULO 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su protección.

La ley buscara siempre que no se vulneren y se respeten las personas unas a otras. Se debe tener esto en cuenta, ya que ademas, por lo general, es una de las cosas que se enseñan en el núcleo familiar.


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