martes, 3 de septiembre de 2013

ARTICULO 20.

ARTICULO 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.En este articulo se tiene mucho en cuenta los medios de comunicación  deben dar una noticia veraz y honesta, y la libre enseñanza a otras personas, siempre y cuando la información sea concreta o verdadera

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